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Logotipo del Real Patronato sobre Discapacidad

Qué es el Real Patronato sobre Discapacidad
Real Decreto que modifica la composición del Real Patronato sobre discapacidad
Actividades realizadas por el Real Patronato sobre Discapacidad

Real Patronato sobre Discapacidad

Sede del Real Patronato sobre Discapacidad
Sede del Real Patronato sobre Discapacidad

El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo público, con la naturaleza de Organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, cuyos fines son la promoción y mejora de la prevención de deficiencias y de la atención a las personas con discapacidad, asi como de su desarrollo personal y consideración social, desarrolla las siguientes funciones:

1. Promover la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos al perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad en los campos de:

- La prevención de deficiencias.
- Las disciplinas y especialidades relacionadas con el diagnóstico, la rehabilitación y la inserción social.
- La equiparación de oportunidades.
- La asistencia y tutela.
2. Facilitar, dentro del ámbito definido en el apartado anterior, el intercambio y la colaboración entre las distintas Administraciones públicas, así como entre éstas y el sector privado, tanto en el plano nacional como en el internacional.

3. Prestar apoyos a organismos, entidades, especialistas y promotores en materia de estudios, investigación y desarrollo, información, documentación y formación.

4. Emitir dictámenes técnicos y recomendaciones sobre las materias propias de su ámbito de actuación.

El Real Patronato sobre Discapacidad sucede al Real Patronato de Prevención y de Atención a Personas con Minusvalía.

Para más información: Enlace a la página del Real Patronato sobre Discapacidad

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Real Decreto que modifica la composición del Real Patronato sobre discapacidad

Asociaciones de discapacitados serán miembros permanentes del Consejo de este organismo

El pasado 27 de febrero, el Gobierno aprobó, en Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y Portavoz del Gobierno, Eduardo Zaplana, el Real Decreto por el que se modifica la composición del Consejo del Real Patronato sobre Discapacidad.

Este Real Decreto modifica el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad de forma que en el Consejo de este organismo se integrarán a partir de ahora, como miembros permanentes, las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias.

Esta modificación cumple y da respuesta al mandato de la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, aprobada en diciembre de 2003. En esta disposición se emplazaba al Gobierno a que, en el plazo de seis meses, se procediera a realizar esta modificación.

Este Real Decreto modifica el artículo 5 del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, y dispone que formarán parte de este Consejo cinco representantes de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias designados por el Presidente del Patronato, es decir, por el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, que habrá de incluir en todo caso a la asociación de ámbito estatal que agrupe a las organizaciones más representativas de los diferentes tipos de discapacidad.

Las nuevas funciones asumidas por el Real Patronato, han hecho aconsejable incorporar al Consejo del organismo nuevos vocales representantes de asociaciones y otras entidades científicas y profesionales que trabajan en el ámbito de la discapacidad.

El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo público con una amplia autonomía funcional y con carácter de órgano colegiado de la Administración General del Estado. Entre sus funciones se encuentran: Promover la prevención de deficiencias, la rehabilitación y la inserción social de las personas con discapacidad, así como facilitar, prestar apoyos y emitir dictámenes técnicos y recomendaciones sobre materias propias del ámbito de las minusvalías.

NUEVO ESTATUTO

El Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad, quedará redactado de la siguiente forma:

El Consejo, bajo la Presidencia de Honor de Su Majestad La Reina, está integrado por los siguientes miembros: Presidente, Vocales y Secretario.

· El Presidente será el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales.

· Los Vocales:

- Los Ministros de Justicia, Hacienda, Fomento, Educación, Cultura y Deporte, Sanidad y Consumo, Ciencia y Tecnología, y la Secretaria General de Asuntos Sociales.

- Los Presidentes de los Gobiernos de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, que podrán ser representados por Consejeros.

- El Secretario General del Real Patronato.

- Dos representantes designados por el Presidente, a propuesta de la Asociación de Entidades Locales de ámbito estatal con mayor implantación.

- Cinco representantes de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias designados por el Presidente, incluyendo en todo caso a la asociación de utilidad pública de ámbito estatal que agrupe a las organizaciones más representativas de los distintos tipos de discapacidad.

- Hasta dos representantes de entidades científicas que desarrollen actividades investigadoras relacionadas con el diagnóstico, prevención y tratamiento de la discapacidad, nombrados por el Presidente.

- Hasta tres portavoces de las Comisiones de expertos, nombrados por el presidente por periodos discrecionales.

- Dos asesores, designados por el Presidente por periodos discrecionales entre personas con acreditada trayectoria profesional en materia de discapacidad.

- El Secretario, que será el Director técnico del Real Patronato, actuará con voz pero sin voto.

Actividades realizadas por el Real Patronato sobre Discapacidad

Año 2007 Año 2006 Año 2005 Año 2004 Año 2003

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