| Polibea.com |
|
Real Patronato sobre Discapacidad - SIPOSO - Turismo - Librería - Agenda - Manualia - |
Seminario de Expertos sobre Reinserción Social
de Personas con Discapacidad Psíquica que han pasado por el Sistema
Penal Penitenciario INAUGURACIÓN El Seminario fue inaugurado por la directora técnica del Real Patronato sobre Discapacidad, Natividad Enjuto García; el vicerrector de Relaciones Institucionales de la Universidad de Alicante, Juan Ramón Rivera Sánchez; y la subdirectora general de Tratamiento de Instituciones Penitenciarias, Gloria Corrochano Hernando. Natividad Enjuto García reseñó la
labor realizada a través del convenio entre la Universidad de
Alicante y el Real Patronato sobre discapacidad destacando la importancia
de la labor que se viene realizando y la importancia del papel sinérgico
entre las administraciones y la Universidad. Gloria Corrochano informó sobre la creación
de una nueva Subdirección General de Medio Abierto. Destacó
la necesidad de actuar preventivamente en las situaciones que pudieran
llevar a la comisión del delito. Asimismo, destacó que
cuando no se hubieran podido impedir los hechos delictivos se debería
intervenir para evitar que las personas con discapacidad intelectual
cumplieran su pena o medida de seguridad dentro de los establecimientos
penitenciarios que, en su opinión, no son el ámbito adecuado
en el que deben estar estas personas. En este sentido, destacó
la importancia que la Dirección de Instituciones Penitenciarias
da al trabajo desarrollado por las asociaciones. PRESENTACIÓN DEL PROTOCOLO INFORMATIZADO DE SEGUIMIENTO Tras las palabras de apertura se procedió a la exposición de los aspectos técnicos del protocolo de seguimiento de las personas con discapacidad intelectual en el ámbito penitenciario. En primer lugar tomó la palabra Fernando Bernal Mora, webmaster de la página www.rehabilitarex.org en la que se encuentra el Protocolo Informatizado (de acceso restringido a las personas incluidas como administradoras), para hablar de la parte técnica del proyecto. Explicó las características del Protocolo Informatizado, elaborado desde el Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales de la Universidad de Alicante con la participación de un grupo de coordinadores de programas de intervención en cárceles de la Confederación FEAPS. Indicó que el protocolo respeta todas las normativas relativas a la protección de datos, de modo que sólo sirve a efectos estadísticos para un mejor y más profundo conocimiento del colectivo, pero impide la posible identificación de las personas. Seguidamente, la profesora Clarisa Ramos Feijóo,
del Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales, explicó
algunos de los resultados que se están obteniendo de la explotación
estadística de estos datos, y que si bien son de carácter
provisional, porque el protocolo se encuentra en fase de experimentación,
permiten definir el perfil de la población con la que se está
trabajando. Destacó que si bien este protocolo ha sido elaborado
para retratar la realidad de las personas con retraso mental, se considera
que podría ser de gran utilidad la elaboración de una
herramienta similar para el colectivo de personas con enfermedad mental.
Posteriormente se dio paso a la exposición de la
experiencia desarrollada en la Comunidad Autónoma de Andalucía
que fue presentada por Soledad Jiménez González, Subdirectora
de la Dirección General de Personas con Discapacidad perteneciente
a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. (Junta de
Andalucía). DEBATE Durante el debate se expuso que en la mayoría de
los casos de personas con discapacidad intelectual o con enfermedades
mentales que aparecen el escenario penal-penitenciario parece claro
que ha existido una falta de intervención de los recursos más
normalizados o especializados de las redes sociales o de salud. En todo
caso, se comentó, el primero de los objetivos a fijar ha de ir
en la línea de evitar la comisión de delitos poniendo
para ello particular interés en las acciones sociales y sanitarias
de carácter preventivo en las que se incluyen los servicios de
salud con especial atención en los de salud mental, los servicios
educativos, los servicios sociales y el movimiento asociativo. En el debate se explicó la importancia de destacar la diferencia entre penas y medidas de seguridad; y dentro de las penas, las posibilidades que el Código Penal ofrece de medidas alternativas frente a las penas de prisión. También se destacó, en cuanto a las medidas de seguridad, que se hace patente la necesidad de diferenciar claramente entre las medidas privativas de libertad en centros psiquiátricos civiles o en los psiquiátricos penitenciarios y las no privativas de libertad en las redes normalizadas de los sistemas de salud o servicios sociales, fundamentalmente. En este apartado, se mencionó la evidente necesidad de buscar estrategias para identificar claramente el colectivo afecto por las penas de prisión o privativas de liberad en los centros de internamiento, de aquellos otros que son susceptibles o que ya están inmersos en el sistema de medidas alternativas a la prisión, incluidas las medidas de seguridad no privativas de libertad. Así, se explicó que no hay que olvidar que el colectivo a atender no ha de ser solamente el que se tiene identificado dentro de los centros penitenciarios, sino también aquel que está en la red de Servicios Sociales penitenciarios, en cumplimiento de medidas alternativas. También se puso en evidencia la necesidad de tejer una auténtica red de políticas y estrategias preventivas desde todos los sectores, incluso en aquellos casos en los que no se hubiera producido un hecho delictivo. Otro punto de debate e interés, relacionado con
los ya expuestos, fue el papel de los distintos agentes intervinientes.
Se comentó que son muchas las personas y entidades que participan
o forman parte del escenario de intervención con estos colectivos,
y se indicó que el papel que tienen los fiscales, juzgados de
instrucción, juzgados de lo penal, audiencias y juzgados de vigilancia
penitenciaria, es fundamental y ha de ser motivo de reflexión.
Asimismo, por la importancia que desempeñan en la reinserción
social, resulta de particular importancia el rol desempeñado
por los Servicios Sociales y las redes del movimiento asociativo. En
este sentido se destacó la necesidad de incluir al sector de
la Salud Mental en futuras reuniones. Por otro lado, en el debate quedó clara la importancia
que debe darse al diagnóstico, tratamiento, seguimiento, coordinación
y formación. Se indicó que de un correcto diagnóstico
depende la posibilidad de aplicar medidas alternativas favorecedoras
para el colectivo que ocupaba a los reunidos. Se mencionó, asimismo,
que el tratamiento es el medio principal de intervención en el
medio penal penitenciario para lograr el objetivo de normalización. En el debate se incidió también en que la
fase de instrucción es un momento fundamental, sobre el que hay
que reflexionar, pues es la fase en la que se pueden aportar informes,
diagnósticos sobre la situación o sobre la realidad social
de las personas con las que se va a intervenir. Con esta información
y con una intervención temprana en este espacio de la fase de
instrucción es de prever que las decisiones judiciales al respecto
podrían variar a favor del colectivo, puesto que al apreciarse
en mayor grado las cuestiones relativas a enfermedad mental, retraso
o discapacidad serán derivados hacia el ámbito de las
medidas de seguridad o de las penas alternativas como la suspensión,
los trabajos en beneficio de la comunidad u otros. CONCLUSIONES Las conclusiones del Seminario se organizaron en base a cuatro temas: el de la prevención, el de la detección, el de los recursos y el de la formación. En cuanto a prevención, se destacó que es necesaria una mayor información y formación de todos los sectores sociales de modo que puedan desarrollarse dispositivos preventivos para trabajar sobre las situaciones de riesgo de las personas con discapacidad intelectual y con enfermedad mental. Se indicó que hay un número considerable de casos que llegan al sistema penal penitenciario sin certificado oficial de minusvalía y que tienen que ser detectados por el personal funcionario, que alerta a las personas de los equipos FEAPS de que podría tratarse de personas con discapacidad intelectual. Sin embargo, hubo bastante consenso al afirmar que estas acciones resultan insuficientes, y que existen casos en los que la discapacidad se podría haber identificado mucho antes de llegar al sistema penal-penitenciario. Por ello, se deduce que el proceso preventivo debe desarrollarse desde los tres niveles: primario, secundario y terciario, y no solamente en el ámbito de lo penal-penitenciario. Directamente vinculado con lo con dicho en el apartado de prevención, se destacó la existencia de una "infradetección" de los colectivos de personas con discapacidad intelectual y personas con enfermedad mental en el ámbito penal penitenciario, por lo que se aconsejó promover diversos tipos de estudios e investigaciones que permitan tener una dimensión real del colectivo a atender y de sus necesidades. Para ello se requerirían instrumentos y protocolos adecuados de detección. En cuanto a los recursos, se distinguieron dos niveles: un primer nivel que incluiría los recursos necesarios para evitar el ingreso en prisión, y un segundo que incluiría aquellos necesarios para la reinserción social en los casos de excarcelación posterior al paso por el sistema penal-penitenciario. Se indicó, además, que hay pocos recursos y que muchos de los que hay no son idóneos para la totalidad de los casos que salen del sistema penal penitenciario; fundamentalmente en aquellos casos en los que se dan trastornos de conducta, dado que en el ámbito de la red de recursos para personas con discapacidad la mayoría de los centros requieren que las personas no presenten alteraciones de conducta. Además, en los casos en los que se quiere evitar el ingreso en prisión, surge en ocasiones el inconveniente de que los centros no son cerrados y no pueden garantizar que la persona permanezca en ellos, lo que ante casos de alarma social hace que se dictamine el ingreso en establecimientos penitenciarios. Por todo ello, se hizo hincapié en la responsabilidad pública de las administraciones y también en la responsabilidad de las propias entidades del movimiento asociativo que deben asumir esa nueva realidad de la discapacidad intelectual. Y, finalmente, en cuanto a formación, se postuló la importancia de avanzar en una formación especializada. Se mencionó la necesidad de establecer canales de formación que se ajusten a las nuevas realidades con las que se está trabajando. Y se señaló que la única forma de alcanzar un trabajo interdisciplinar es contar con un ámbito de debate conjunto donde se pueda partir de conceptos homologados para todas las personas que intervienen.
|
|
Esta web pretende ser accesible. Si no consigues ver
algo, contacta con el webmaster
|
|